Defensoría de la naturaleza
Nueva institucionalidad en la propuesta constitucional: Defensoría de la Naturaleza
El texto propone la creación de la Defensoría de la Naturaleza, un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función será la promoción y protección de los derechos de la naturaleza y de los derechos ambientales asegurados por la Constitución, tratados internacionales ambientales ratificados y vigentes en Chile, frente a los actos u omisiones en que incurran los órganos de la Administración del Estado y entidades privadas.

Una de las áreas que más novedades registra en la propuesta de Nueva Constitución sin dudas es la ambiental, que se estructura en torno a cuatro grandes pilares: Derechos de la naturaleza, derechos ambientales, recursos naturales y, por último, nuevos actores en materia ambiental, lo que en su conjunto supone un cambio de paradigma en la cuestión ambiental.
En relación a lo institucional, el texto propone la creación de la Defensoría de la Naturaleza, un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función será la promoción y protección de los derechos de la naturaleza y de los derechos ambientales asegurados por la Constitución, tratados internacionales ambientales ratificados y vigentes en Chile, frente a los actos u omisiones en que incurran los órganos de la Administración del Estado y entidades privadas.
Si bien otros países en el mundo cuentan con la figura del Ómbudsman o Defensor del Pueblo, la propuesta de los constituyentes se distingue, ya que por un lado, crea la Defensoría del Pueblo, y por otro, la Defensoría de la Naturaleza. Sin embargo, la idea no es nueva, la Constitución de Ecuador, en su artículo 399, planteó la creación de una Defensoría del Ambiente y la Naturaleza como un órgano a nivel nacional descentralizado de gestión ambiental y encargado de la tutela sobre el medio ambiente, el que a la fecha no ha logrado consolidarse. Esta idea ya fue recogida en Chile en un proyecto de ley del año 2015 (Boletín 10486-07) que no prosperó.
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