Diario Constitucional

Propinas en restaurantes

Propinas.

Se entiende que ese 10% es sobre el consumo; no sobre el consumo más el IVA, pues en tal caso se estaría pagando un 11,9 %.

Por Adolfo Paúl Latorre·24 de agosto de 2024·1 min de lectura
imagen: 65ymas.com
Referencial

Según el artículo 64 del Código del Trabajo: “En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo”.

Se entiende que ese 10% es sobre el consumo; no sobre el consumo más el IVA, pues en tal caso se estaría pagando un 11,9 %.

En varias ocasiones, al efectuar el pago de productos para llevar tales como empanadas o comida china, la cajera me ha preguntado si deseo dejar propina.

Comentarios (1)

  1. Víctor Alfredo Calderón Rivera

    Muy interesante su observación en relación a la inclusión del IVA aumentando el monto de la propina. O lo hacemos sobre el neto o nos dan boleta aparte por ella, desglosando a su vez el IVA. Pero el fondo del tema propina es más profundo, ya que en muchos lugares es parte vital de la remuneración de ese personal. Eliminarla, incorporarla a los precios, pagarla aparte, … hay muchas opciones. Importante sería investigar desde cuando este honesto estimulo perdió su esencia, para saber como resolver algo que a pocos aflije y del que muchos depende.

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