Diario Constitucional

Mediación y acceso a justicia

Sistemas de resolución colaborativa de conflictos: una responsabilidad del Estado

Todos estos servicios tienen un aspecto relevante en común y que es evitar la judicialización de los problemas que afectan a la población, generando espacios institucionales y sociales que permiten la autocomposición e instalación de recursos en la ciudad

Por Caterine Valdebenito·29 de diciembre de 2017·2 min de lectura
Imagen: La ventana ciudadana
Referencial

Chile en la década de los 90, con el regreso a la democracia, instaló los sistemas de resolución colaborativa de conflictos (SARC o conocidos hoy en día como MARC) al alero del Ministerio de Justicia, bajo la responsabilidad del Poder Ejecutivo, como una fórmula de acceso a justicia y al mismo tiempo un signo de cambio del enfoque de las políticas públicas: cercanas y resolutivas a las necesidades de las personas.

Paulatinamente se han sumado otras instituciones públicas en la misma lógica de acercamiento del tratamiento colaborativo de los conflictos, como son el Ministerio de Salud a través de la Supersalud y Consejo Defensa del Estado; Ministerio de Educación mediante la Supereduc; Ministerio del Interior a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito; entre otros.

Todos estos servicios tienen un aspecto relevante en común y que es evitar la judicialización de los problemas que afectan a la población, generando espacios institucionales y sociales que permiten la autocomposición e instalación de recursos en la ciudadanía, coherente con el desarrollo de la cultura de la paz.

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