Diario Constitucional

Procesamiento de exuniformados

Venganza disfrazada de justicia

Una reciente publicación compara las condiciones de reclusión de exuniformados en Chile con los horrores del Holocausto, denunciando presuntas violaciones a los derechos humanos y cuestionando la legalidad de los procesos judiciales aplicados. La carta sostiene que muchos de estos internos, de edad avanzada y con enfermedades graves, están condenados a morir en prisión bajo un sistema que consideran arbitrario, retroactivo e inconstitucional, ignorado por autoridades y organismos judiciales.

Por Gabriel Fuentes Campusano·20 de julio de 2025·3 min de lectura
Imagen: filmin.es
Referencial

Se publicó hace unas semanas un artículo denominado «Holocausto», referido a los horrores vividos en los campos de exterminio nazi. Su autoría señala que este exterminio no podría tener cabida en países desarrollados y se pregunta: ¿Cómo es que aquello fuera posible? Asimismo, nos indica que, para llevar a cabo un genocidio como el ocurrido en la Alemania Nazi, fue necesario dar un carácter legal a esta persecución, encierro y muertes inhumanas, utilizando el aparato burocrático del Estado. Del mismo modo, el autor nuevamente se pregunta si, en una nación occidental civilizada, podrían repetirse hechos como los del “Holocausto”. La respuesta es sí.

En Chile, existen centros de reclusión y muerte que se llenaron con presos políticos militares, cuyas edades oscilan entre los 70 y 95 años, quienes en su mayoría sufren enfermedades graves. Es común ver en el penal de Colina 1, cómo estos adultos mayores se desplazan en sillas de ruedas o apoyados en «burritos» debido a su avanzada edad. Asimismo, entre estos condenados hay quienes no son autovalentes y otros que viven con colostomías, gastrostomías, ceguera, sordera, con sondas Foley o padecen insuficiencia respiratoria, renal y cardíaca, entre otras condiciones.

Entonces, ¿qué duda cabe de que estos chilenos, encerrados injustamente en su mayoría, están condenados a muerte en Colina 1? A estos miembros en retiro de las FF.AA. y policías se les enjuició con un procedimiento penal obsoleto, sin un debido proceso (1906) y distinto al que se aplica al resto de los chilenos desde el año 2005, el cual es garantista, oral y no es secreto. Siendo así, con el procedimiento penal antiguo, jueces inquisidores aplican elevadas condenas que nadie puede discutir pues los persecutores son «juez y parte». No reconocen en su proceder pruebas de la defensa, la ley de nuestro país ni los tratados internacionales. Se condena a estos uniformados retirados en base a presunciones que no cumplen los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Penal (art 488), con ficciones jurídicas, aplicando autos acordados sin fuerza legal emitidos por la Corte Suprema. Y lo más arbitrario e inconstitucional, es considerar vigente el Estatuto de Roma desde 1973, en circunstancias que Chile lo suscribió en el año 2009, no siendo retroactivo, salvo que beneficie al condenado (Pro reo). Es tan transcendente esta ilegalidad, pues en éste se tipifican los delitos de “Lesa Humanidad”, que no prescriben, por tanto, no debiera existir ningún preso militar por este tipo de delitos y cualquier supuesto ilícito como señalé está prescrito.

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