Cartas al Director

Voto en dos días.

Adolfo Paúl L.

9 de marzo de 2021


Si la votación de convencionales se hiciere en dos días, durante la noche del 10 al 11 de abril personas o grupos interesados por “rodear la Convención Constitucional” podrían tratar de sabotear el acto eleccionario mediante atentados anarquistas o terroristas.

Si a los militares a cargo de custodiar los locales de votación se les diere la consigna de asegurar la integridad de las urnas electorales, en tal caso no podrían cumplirla dadas las reglas de uso de la fuerza vigentes, que restringen extremada e imprudentemente el uso de armas de fuego; lo que los deja sin capacidades disuasivas o represivas contra personas o grupos que están cometiendo o intentando cometer tales atentados. Esta incapacidad estimula la acción de tales personas o grupos, que saben que pueden quemar un colegio o realizar otros actos vandálicos con absoluta impunidad.

Difícilmente los militares podrían controlar a los agresores exhortándolos a deponer su actitud con buenas palabras. En muchos casos, la única forma para cumplir la consigna recibida es mediante el uso de armas de fuego.

La presencia de militares con armas que no pueden usar a nadie disuade. La disuasión es un efecto psicológico que se logra con medios ofensivos, mediante la amenaza de un daño que el agresor no está dispuesto a aceptar. Para que el efecto disuasivo se produzca es esencial que el disuasor cuente con la capacidad material para cumplir la amenaza y con la capacidad moral o la voluntad para llevarla a cabo.

 

Adolfo Paúl

Abogado

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