Diario Constitucional

No condiciona ser parte de la negociación colectiva.

CGR determina que ciertos trabajadores de organismos colaboradores del Sename tienen derecho a percibir aguinaldo y bono de vacaciones.

No se observa ningún inconveniente para que dichos trabajadores, si cumplen los demás requisitos legales, perciban los anotados estipendios.

Por Redacción·19 de mayo de 2017·3 min de lectura
CGR determina que ciertos trabajadores de organismos colaboradores del Sename tienen derecho a percibir aguinaldo y bono de vacaciones.
Referencial

Se consultó a la Contraloría General de la República –por parte del Servicio Nacional de Menores (Sename)- respecto a si procede el pago de los beneficios establecidos en los artículos 6°, 8° y 25 de la ley N° 20.883 a los trabajadores de los organismos colaboradores que indica, atendido a que la Dirección del Trabajo determinó que tales empleados tienen derecho a negociar colectivamente.

La Dirección de Presupuestos manifestó que corresponde el pago de los referidos beneficios a los empleados que cumplen los requisitos para su obtención y que las entidades empleadoras deben dar cumplimiento a la legislación laboral, procediendo a los procesos de negociación colectiva que corresponda.

Por su parte, la Dirección del Trabajo expresó que la doctrina vigente en la materia, manifestada a través de su oficio N° 3356/050 de 2014, determinó que la prohibición impuesta por el inciso tercero del artículo 304 del Código del Trabajo afecta a las empresas o instituciones públicas o privadas cuyos presupuestos, en cualquiera de los dos últimos años hayan sido financiados en más de un 50% directamente por el Estado a título gratuito, sin que ello implique a su respecto la obligación de efectuar contraprestación alguna en compensación por la provisión de tales fondos.

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