Diario Constitucional

Art. 55 bis de la Ley Nº 18.575.

CGR se pronuncia acerca de la entidad que debe realizar control de consumo de drogas de funcionarios públicos.

El ordenamiento ha contemplado un sistema de control financiado con recursos de SENDA y la contratación por parte de éste de los servicios de laboratorio.

Por Redacción·15 de mayo de 2017·2 min de lectura
CGR se pronuncia acerca de la entidad que debe realizar control de consumo de drogas de funcionarios públicos.
Referencial

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda- acerca del lugar o recinto donde deben realizarse los exámenes médicos de los funcionarios públicos para determinar si tienen dependencia a sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales.

El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA) informó que convocó a licitación pública para contratar los servicios de aplicación y procesamiento de exámenes a los funcionarios públicos, para detectar el consumo de las sustancias o drogas de que se trata, los que comprenden la evaluación médica para determinar la existencia de dependencia.

Al respecto, el ente contralor recuerda que de acuerdo a la normativa aplicable, el control de consumo de las sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales será adjudicado a un laboratorio a través de un proceso de licitación pública, el que deberá encontrarse autorizado por la autoridad competente. Además, se señaló que la autoridad superior del órgano de la Administración del Estado deberá nombrar a un profesional de su dependencia, que tenga la calidad de funcionario público, para que actúe como encargado de relacionarse con el laboratorio adjudicatario.

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