Diario Constitucional

Carabineros de Chile.

CGR determina que corresponde a la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile ejercer control técnico de las licencias médicas de sus funcionarios.

El ente contralor expresó que procede que Carabineros de Chile arbitre las correspondientes medidas para que, en lo sucesivo, las decisiones sobre rechazos, reducciones o ampliaciones de licencias médicas sean adoptadas oportunamente.

Por Redacción·16 de junio de 2019·3 min de lectura
CGR determina que corresponde a la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile ejercer control técnico de las licencias médicas de sus funcionarios.
Referencial

Se dirigió a la Contraloría General de la República, un funcionario de Carabineros de Chile, para reclamar en contra de la determinación adoptada por la Comisión Médica Central de ese organismo, que rechazó las licencias médicas que utilizó entre los días 19 de diciembre de 2017 y 12 de enero de 2018.

En su informe, esa institución policial, por las razones que expone, manifiesta que la decisión adoptada por el anotado cuerpo colegiado, se ajustaría a derecho.

Al respecto, el ente contralor recuerda que, de conformidad con lo establecido en los artículos 50 y 52 de la orden general N° 1.970, de 2010, de la Dirección General de Carabineros de Chile, Directiva Complementaria del Reglamento de Feriados, Permisos, Licencias y otros beneficios, que compete al mencionado cuerpo colegiado ejercer el control técnico de tales reposos, el que podrá reducir, rechazar o ampliar el período de ausencia laboral para recuperar la salud, siendo dable consignar, según fuese expresado en el oficio N° 10.416, de 2017, de este origen, que a esta Contraloría General no le corresponde intervenir en el ejercicio de la referida potestad, a menos, por cierto, que se advierta la existencia de algún vicio de legalidad o de una actuación arbitraria.

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