Diario Constitucional

Ejército de Chile.

CGR determinó que exfuncionarios de Fuerzas Armadas y Carabineros que hayan alcanzado grado de teniente coronel o equivalente pueden ser autorizados a mantener la tarjeta de identificación institucional que les correspondía en servicio activo.

El ente contralor adujo que aplica para la equivalencia de los grados y jerarquía entre las distintas ramas de las Fuerzas Armadas, entre ellas, la de Teniente Coronel del Ejército, Capitán de Fragata en la Armada y Comandante de Grupo en la Fuerza Aérea.

Por Redacción·30 de enero de 2020·2 min de lectura
CGR determinó que exfuncionarios de Fuerzas Armadas y Carabineros que hayan alcanzado grado de teniente coronel o equivalente pueden ser autorizados a mantener la tarjeta de identificación institucional que les correspondía en servicio activo.
Referencial

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, un exfuncionario del Ejército, para solicitar un pronunciamiento que determine si el derecho a mantener la tarjeta de identificación militar le asiste a la totalidad de los ex Oficiales Jefes de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, en atención a que, a su parecer, la expresión Teniente Coronel y equivalentes que emplea el decreto ley N° 3.356, de 1980, se referiría a todos los Oficiales Jefes, incluidos quienes alcanzaron el grado de Mayor.

Al respecto, el ente contralor indicó que el artículo 1° del decreto ley N° 3.356, de 1980 -reemplazado por el artículo único del decreto ley N° 3.552, de 1980 y, posteriormente, modificado por el artículo 2° de la ley N° 18.874-, previene que los Oficiales Generales, Oficiales Superiores, Tenientes Coroneles o equivalentes y Suboficiales Mayores en retiro de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, podrán mantener la tarjeta de identificación Institucional que les correspondía en servicio activo, previa autorización.

Luego, Contraloría expresó que el artículo 36 de la ley N° 18.948, contempla expresamente la equivalencia de los grados y jerarquía entre las distintas ramas de las Fuerzas Armadas, advirtiéndose que la de Teniente Coronel del Ejército, corresponde a la de Capitán de Fragata en la Armada y a la de Comandante de Grupo en la Fuerza Aérea.

Comentarios (2)

  1. Andrés Salgado

    Buenas tardes En cuanto al porte de armas, esta claro pero en mi situación como Suboficial en Retiro del Ejército de Chile, me corresponde tener Tarjeta de Identidad Militar por haber cumplido y terminar mi carrera con 35 años de servício y en Lista N°1. Considerando que los oficiales del grado de Teniente Coronel en muchos casos no terminaron su carrera con 35 años y además, de otorgarse la tarjeta de identidad militar los facultad para portar armas. Y que sucede con el personal de Suboficiales en RETIRO, osea no se ganaron esa condición, creo que no se debiera hacer diferencia entre uno y otro. Por tanto, el Ejército de Chile, debiera entregar a los Suboficiales en retiro la respectiva identificación Militar, de lo contrario puedo creer y pensar que solamente ellos se han ganado ese derecho y que pasa con los Suboficiales que pasan a retiro con todas las de la ley, los dejan al margen dpor no ser oficial superior y/o Suboficiales Mayores, estimo que no se debiera negar mantener la Tarjeta de Identidad Militar en condición de Retiro, o es para todos o a nadie. Pero ustedes como CGR debieran interceder en favor del personal que pasa a retiro con 35 años y con lista N°1 «Excelente o buena», sin fijar grado jerárquico para mantener la Tarjeta de Identificación Militar.

  2. Luis alberto gutierrez oviedo

    El qué suscribe también tiene algo que decir: Estuve con R.I.2 Maipo el 73 Con el RI. 1 Buin Movilizado en Iquique por problemas con Bolivia y Perú el 75 Con el R.I.2 Maipo siendo Cabo 1ro el 78 – 79 en Tierra del Fuego cómo Comandante de Sección con 30 Sección. Lo anterior por falta de oficiales Toda mi carrera en lista 1nunca supe porqué no ascendi a S.O.M., 3 Años como más antiguo en el R.I 10 Pudeto, no pasé a complemento , y debí retirarme porque venía un Sof. Menos antiguo que yo ascendido. Por tanto, después de lo mencionado anteriormente, es qué pregunto, con mis 33 años de servicio, 10 años de Suboficial, porque no puedo tener un beneficio como una tarjeta institucional, portar arma, solo por ser Suboficial? Creo, qué todos pasamos por muchas situaciones en esos años, no así en estos momentos, no lo creen señores, gracias por leer mis inquietudes.

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