Carabineros de Chile.
CGR determinó que no procede que se restituyan deducciones efectuadas a ex funcionario de Carabineros por concepto de aporte social de bienestar.
Dicho aporte tiene por finalidad financiar las actividades insertas en la fiesta de navidad para los hijos del personal, como asimismo, realizar reparaciones y ampliaciones de diferentes casinos, centros recreacionales y hospederías a lo largo del país.

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, un exfuncionario de Carabineros de Chile, para reclamar por las deducciones efectuadas a sus remuneraciones por concepto de aporte social de bienestar, mientras se desempeñó en calidad de llamado al servicio.
En su informe, esa institución policial manifestó, en síntesis, que tal descuento, regulado en la orden general N° 2.556, de 2018, de la Dirección General, se practica a todo el personal de Carabineros de Chile, administrado por la Dirección de Bienestar, y tiene por finalidad financiar las actividades insertas en la fiesta de navidad para los hijos del personal, como asimismo, realizar reparaciones, ampliaciones y alojamientos de diferentes casinos, centros recreacionales y hospederías a lo largo del país.
Al respecto, el ente contralor indicó que se debe anotar que el artículo 40, inciso tercero, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, señala que podrán deducirse de las remuneraciones, los descuentos provenientes de obligaciones que haya contraído el personal con organismos administrativos internos y otros establecidos en los reglamentos institucionales.
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