Recursos de emergencia.
CGR dictamina que no fue procedente que gastos de alimentación del personal del Ejército se financiaran por la Municipalidad de Rengo a través de sus fondos de emergencia.
Los fondos extraordinarios tuvieron por finalidad solventar los mayores gastos que los municipios han debido realizar en el ámbito de sus funciones, lo que no incluye la intervención del personal militar.

Se consultó a la Contraloría General de la República si resultó procedente pagar la alimentación del personal de Ejército de Chile, asignado a la Municipalidad de Rengo para fiscalizar el cumplimiento de la cuarentena con los fondos de emergencia transferidos por la Subsecretaría del Interior.
Requerido informe, el Ejército alude a la obligatoriedad de pagar los referidos gastos con cargo a la cuenta fiscal institucional, pero agrega que la situación de que se trata se originó por el ofrecimiento voluntario del municipio a solventar tales desembolsos.
Por su parte, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública sostuvieron que, a su juicio, tales egresos podrían ser financiados con los recursos de emergencia en cuestión.
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