Diario Constitucional

Zonas se encuentran bajo protección oficial.

CGR se pronuncia sobre desarrollo de actividades de acuicultura en reserva nacional o forestal y su compatibilidad con objetivos ambientales.

Por regla general no es posible desarrollar actividades de acuicultura en las porciones de agua que formen parte del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado.

Por Redacción·24 de noviembre de 2016·3 min de lectura
CGR se pronuncia sobre desarrollo de actividades de acuicultura en reserva nacional o forestal y su compatibilidad con objetivos ambientales.
Referencial

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte del Comité Nacional Pro Defensa de la Fauna y Flora (CODEF)- acerca de ciertos aspectos vinculados con el dictamen Nº 38.429 de 2013, que, entre otras materias, se refirió a la posibilidad de realizar actividades de acuicultura en zonas marítimas que forman parte de reservas nacionales y forestales.

Al respecto, el ente de control recordó que con arreglo a lo prescrito en el artículo 158 del de la Ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura (LGPA), y mediante el cuestionado dictamen Nº 38.429, precisó que por regla general no es posible desarrollar actividades de acuicultura en las porciones de agua -sean zonas lacustres, fluviales o marítimas- que formen parte del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado.

Asimismo, indicó en el aludido pronunciamiento que, no obstante, y de manera excepcional, tal actividad puede ser autorizada si se desarrolla en “zonas marítimas” que forman parte de “reservas nacionales y forestales”.

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