Deberá dar cumplimiento a lo instruido.
CGR se pronuncia sobre modificación del Plan Regulador Comunal de San Miguel.
La corporación tendrá que materializar las adecuaciones pertinentes en el aludido instrumento de planificación territorial, del modo que jurídicamente corresponda.

Se remitió a la Contraloría General –por parte de la Municipalidad de San Miguel- un documento dando cuenta de los ajustes que se efectuarán al “Proyecto de Modificación Integral” del Plan Regulador Comunal de San Miguel (PRC)-, respecto de una serie de objeciones a la juridicidad de la enunciada modificación sancionada a través del decreto alcaldicio N° 2.500 de 2016, del citado municipio, en los términos expresados en el dictamen Nº 499 de 2018, y detallando de qué manera se materializará cada uno de ellos.
Al respecto, expresa la CGR que, del examen del mencionado documento, debe reiterarse el reparo contenido en el N° 1 del antedicho pronunciamiento, en orden a que no resulta procedente que en el inciso primero del artículo 17 de la atingente Ordenanza Local (OL), se normen aspectos propios de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) -contenida en el D.F.L. N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, o de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) -sancionada por el decreto N° 47, de 1992, de la cartera del ramo-, ni reproducir sus disposiciones.
Lo anterior, habida consideración de que si bien en el número 1 de la presentación en examen se señala que se eliminarán del citado precepto “todas las referencias a la OGUC”, de lo consignado en el acápite número 5 del mismo documento, se aprecia que se mantendrían los preceptos objetados, relativos a la dimensión de los predios en que se podrán emplazar los terminales de buses que ahí se indican, y las calles que estos deberán enfrentar.
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