Diario Constitucional

Planes reguladores.

CGR se pronunció sobre solicitud que incide en las características que debe reunir una propuesta de incorporación del uso de suelo área verde a un Instrumento de Planificación Territorial en tramitación.

La solicitud se da pues la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, expresó en un oficio que no le correspondía a esa entidad pronunciarse respecto de la suficiencia o no de los antecedentes que sirven de fundamento para las propuestas del Instrumento de Planificación Territorial.

Por Redacción·01 de marzo de 2021·2 min de lectura
CGR se abstiene a emitir pronunciamiento respecto de eventual infracción a Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios, ocurrida con ocasión de una cadena nacional del Presidente Piñera.
Referencial

Se dirigió a la Contraloría General de la República, un particular solicitando un pronunciamiento que incide en determinar las características que debe reunir una propuesta de incorporación del uso de suelo área verde a un Instrumento de Planificación Territorial en tramitación.

Lo anterior, por cuanto según expresa, la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (DDU), mediante su oficio N° 448, de 2018 -emitido ante un requerimiento del interesado de similar tenor a la presentación del caso-, determinó, en lo que interesa, que no le correspondía a esa entidad “pronunciarse respecto de la suficiencia o no de los antecedentes que sirven de fundamento para las propuestas del Instrumento de Planificación Territorial”.

Al respecto, el ente contralor adujo que habida cuenta de que la normativa aplicable a la situación de que se trata no regula específicamente las características que deben reunir las observaciones que efectúen los particulares a un Plan Regulador Comunal en tramitación, no cabe sino concordar con lo manifestado por la DDU en su aludido oficio N° 448 en cuanto a que “Son los órganos llamados a aprobar los Instrumentos de Planificación Territorial, quienes deberán ponderar las justificaciones de las respectivas propuestas de zonificación”, analizando los antecedentes atingentes y adoptando los acuerdos del caso. Ello, considerando que tal asunto dice relación con el ejercicio de la atribución de los municipios de confeccionar tal instrumento de planificación territorial, de acuerdo con las normas legales vigentes.

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