Contraloría General de la República.
Decisión de renovar con una carga horaria menor la designación de un docente contratado que goza de fuero gremial es improcedente.
Los directores sindicales gozarán del fuero laboral establecido en la legislación vigente desde la fecha de su elección y hasta seis meses después de haber cesado en el cargo.

Se dirigió a la Contraloría General un profesional de la educación municipal, reclamando en contra de la decisión de renovar su contratación para el año escolar 2024 con una carga horaria menor, toda vez que, a su juicio, no se ajusta a derecho, habida cuenta del fuero de que gozaría en virtud del artículo 8 ter de la ley N° 19.070, dada su condición de secretario general del Directorio comunal Independencia del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile.
Sobre el particular, la Contraloría señala que el artículo 8 ter, inciso primero, de la ley N° 19.070, señala que gozarán del fuero en los términos establecidos en el artículo 243 del Código del Trabajo en todo aquello que no les sea incompatible, los profesionales de la educación regidos por esa ley, que tengan la calidad de director de una asociación gremial, de acuerdo a las reglas que dicho precepto enuncia en sus distintos numerales, las que indican, en lo que importa y tratándose de directivas comunales de la respectiva asociación nacional, que gozarán de fuero entre uno y cuatro de sus miembros, dependiendo del número de afiliados.
Agrega su inciso segundo que, para la determinación de el o los directores que gozarán de fuero, cada asociación gremial deberá establecer en sus estatutos el mecanismo respectivo, de acuerdo a las reglas de los referidos numerales.
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