DL N°3551 y derecho de protección judicial.
Sentencia de la Corte IDH en favor de 846 docentes por el incumplimiento de la “Deuda Histórica” no alcanza a aquellos profesores que no se encuentren en su misma situación, resuelve la Corte Suprema.
Los primeros demandaron ante tribunales y obtuvieron sentencias favorables en contra de las municipalidades en donde se desempeñaban. Sin embargo, en el supuesto que los recurrentes obtengan fallos a su favor –y tengan un título ejecutivo que reconozca sus derechos- la resolución de la Corte IDH también surtiría efectos respecto de ellos.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de La Serena que rechazó el recurso de protección interpuesto por un grupo de profesores en contra del ex Presidente Sebastián Piñera con motivo de la “Deuda Histórica Docente” ocasionada por el incumplimiento del pago de la asignación consagrada en el DL N°3551 de 1980 para los maestros que se incorporaron a la educación municipal.
Los recurrentes fundamentaron su recurso en el reciente pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que fallo en contra del Estado chileno en la causa “profesores de Chañaral y otras municipalidades vs. Chile”, por la falta de pago de sus asignaciones conferidas por el DL N°3551 que traspaso a los docentes del Estado central a las entidades edilicias.
Los actores sostienen que se encuentran en idéntica situación a sus pares que obtuvieron una sentencia favorable en instancia internacional de derechos humanos, dado que tampoco han recibido pago de las referidas asignaciones.
Temas
Comentarios (2)
Mara Villagra En resumen los herederos de los profesores que ya fallecieron,tienen derecho a la compensación de acuerdo al dictamen de la CIDH
Mara Villagra Hemos tratado de ingresar para revisar los datos de mi padre Víctor O Villagra Villagra quien falleció el año 2013 y en esa fecha aún no existía la Clave única. Hemos dejado preguntas y nadie nos responde ni aclara
Te puede interesar

Fallo dividido.
Corte Suprema confirmó que la Ley N°19.333 mejoró las remuneraciones de los docentes municipales mediante beneficios de orden remunerativo.

Reclamo de ilegalidad acogido.
Superintendente de Educación no puede elevar la sanción impuesta por la autoridad regional al conocer la resolución en alzada.

Deuda histórica.
Corte Interamericana de Derechos Humanos declara a Chile responsable por no cumplir de forma diligente sentencias que reconocían el pago de asignación especial a 846 docentes.

