Dictamen N°268358N22.
Falta de Resolución de Calificación Ambiental no puede ser invocada por una Dirección de Obras Municipal como causal de caducidad de un Permiso de Edificación, reitera la Contraloría.
Resolución de la DOM de Quinta Normal y Decreto Alcadicio de edil de tal comuna no se ajustaron a Derecho.

La Municipalidad de Quinta Normal solicitó a la Contraloría General de la República reconsiderar su dictamen N°268358N22, en el que se pronunció acerca de la Resolución N°3, de 2022, de la DOM de su comuna, y también del Decreto alcaldicio N°342, del 2022, emanado de su alcaldesa Karina Delfino (PS), los cuales declararon la caducidad del permiso de edificación N°53, de 2016.
El reprochado dictamen de la Contraloría resolvió, “(…) que los supuestos que configuran la caducidad se encuentran expresamente regulados en el artículo 1.4.17. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), sancionada por el Decreto N°47, de 1992, del Minvu, y que dice relación con la falta de ejecución material de determinadas obras, sin que en dicho precepto se aluda a otros elementos”.
Respecto a la definición de inicio de obra, el cuestionado pronunciamiento precisó “(…) que se refiere únicamente a la realización de los trazados –por una parte-, y al comienzo de las excavaciones -por otra-, contempladas en los planos del proyecto”.
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