Proceso constituyente.
INDH trasgredió su deber de imparcialidad y prescindencia durante el plebiscito constitucional al realizar una actividad en Angol en la que participaron tres ex convencionales constituyentes, dictamina la Contraloría.
A diferencia de la SEGPRES, SEGGOB, Dirección Administrativa de la Prescindencia y Ministerio de Desarrollo Social y Familia, no tiene el deber de comunicar a la ciudadanía sobre el proceso electoral constitucional pasado.

Se denunció, bajo reserva de identidad, al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) a la Contraloría General de la República por infringir el principio de imparcialidad aplicable a las instituciones públicas respecto al plebiscito de salida celebrado el 4 de septiembre del 2022, pues en un afiche que difundió una actividad realizada en la ciudad de Angol el 17 de agosto de 2022 demostró preferencia por la opción apruebo.
La directora del INDH informó que en la Sede Regional La Araucanía, en el marco de sus habituales funciones vinculadas a la defensa y promoción de los derechos humanos, organizó un conservatorio, con el propósito de promover el voto informado de las personas, evento en el que participaron tres ex convencionales constituyentes.
Puntualiza que de acuerdo a los artículos 1 y 2 de la Ley 20.405, el INDH es una corporación autónoma de derecho público que tiene por objeto la promoción y protección de los derechos humanos de las personas que habiten en el territorio de Chile, consagrados en las normas constitucionales y leyes, y en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile que se encuentren vigentes, así como los emanados de los principios generales del derecho, reconocidos por la comunidad internacional.
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