En decisión unánime.
Corte de Apelaciones de Copiapó dicta orden de no innovar y suspende proceso de licitación nacional e internacional para la exploración y explotación de yacimientos de litio.
El Tribunal de alzada acogió las solicitudes del gobernador regional de Atacama y de comunidades indígenas, respectivamente, y dio un plazo de de 10 días para que la parte recurrida evacue un informe sobre la materia.

La Corte de Apelaciones de Copiapó dictó hoy orden de no innovar y ordenó la inmediata suspensión del proceso de selección y adjudicación de los oferentes de la licitación pública nacional e internacional para la exploración y explotación de yacimientos de litio.
El fallo ordena “Téngase por interpuesto recurso de protección. Pídase informe a los recurridos (ministro de Minería y subsecretario de minería), el que deberá evacuarse dentro de décimo día, debiendo acompañar todos los antecedentes que obren en su poder”.
“Ofíciese a efectos de notificar a la recurrida por la vía más expedita de la interposición del presente recurso y la concesión de orden de no innovar, adjuntando copia del recurso y de la presente resolución”, añade.
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