Diario Constitucional

Licitación pública.

Tribunal de Contratación Pública declara ilegal y arbitraria licitación pública porque oferente adjudicado no acompañó programa de gestión de riesgos en el trabajo.

Se adjudicó el proyecto a pesar de que no cumplió con acompañar un programa de gestión de riesgos en el trabajo, según lo exige la Ley N° 19.886, que regula los proyectos que se desarrollan en bienes nacionales de uso público, en relación con la Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Por Redacción·09 de diciembre de 2021·2 min de lectura
Imagen: castromunicipio.cl
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El Tribunal de Contratación Pública acogió la impugnación interpuesta por una empresa oferente contra la Municipalidad de Castro, con motivo de la licitación pública para proveer servicios de aseo y barrido de calles para la comuna.

Resuelve que la adjudicación del proyecto es arbitraria e ilegal, pues el oferente beneficiado no cumplió con el requisito de admisibilidad que exige acompañar un programa de gestión de riesgos en el trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 6 inciso cuarto de la Ley N° 19.886, que regula los proyectos que se desarrollan en bienes nacionales de uso público, en relación con el artículo 66 bis de la Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Agrega que el artículo 8 de la Ley N° 16.744, señala que se entenderá por “sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo” al conjunto de elementos que integran la prevención de riesgos, a fin de garantizar la protección de la salud y la seguridad de todos los trabadores.

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