Diario Constitucional

Sobre el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Nicole Sepúlveda, abogada: “A pesar de que es una normativa nueva ha traído beneficios, ya que los deudores se están acercando a cumplir con el pago de sus deudas por el temor a aparecer en este registro”.

La especialista señala las personas que van a pasar al Registro Nacional de Deudores son aquellas que deben tres cuotas seguidas de los alimentos o cinco discontinuas. Cuando el tribunal de familia se da cuenta de esto emite una resolución. Esta se les notifica a las partes involucradas por medio de una carta a la dirección de contacto que aparezca en el sistema o al domicilio. Desde la recepción, el deudor tendrá tres días para oponerse. Si no se opone o no paga va a pasar directamente a ser deudor de alimentos y a formar parte del registro.

Por Benjamín Avaria·18 de enero de 2023·3 min de lectura
Nicole Sepúlveda, abogada: “A pesar de que es una normativa nueva ha traído beneficios, ya que los deudores se están acercando a cumplir con el pago de sus deudas por el temor a aparecer en este registro”.
Referencial

Por Benjamín Avaria, Universidad de Desarrollo

El 19 de noviembre entró en vigor la ley 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

El Registro de Deudores está compuesto por todos los deudores de alimentos que deben tres cuotas seguidas o cinco discontinuas que fueron informados por los tribunales de familia. Podrán acceder a este registro los deudores y las beneficiarias de los alimentos, a través de su clave única.

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