Diario Constitucional

Sistemas de registro de asistencia

DT publica resolución de sistemas de registro y control de asistencia, por Tomás Becerra.

En abril de 2025 comenzó a regir la Resolución Exenta N° 38 de la Dirección del Trabajo (DT), que establece nuevos requisitos obligatorios para los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia y determinación de horas de trabajo. Se excluyen otros sistemas como los de control de ausencias, permisos o descansos. Impacta a las empresas proveedoras de software de gestión de RR.HH., como también a las empresas que los utilizan, y establece estándares para un uso adecuado.

Por Tomás Becerra·09 de mayo de 2025·3 min de lectura
DT publica resolución de sistemas de registro y control de asistencia, por Tomás Becerra.
Referencial

En abril de 2025 comenzó a regir la Resolución Exenta N° 38 de la Dirección del Trabajo (DT), que establece nuevos requisitos obligatorios y el procedimiento de autorización para los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia y determinación de horas de trabajo.

¿A quiénes aplica?

La nueva resolución impacta tanto a las empresas proveedoras de software de gestión de RR.HH., como también a las empresas que los utilizan, y establece estándares para un uso adecuado.

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