Secreto profesional.
Abogados no tienen la obligación de informar a las autoridades fiscales u a otros intermediarios implicados en planificaciones transfronterizas para evitar la elusión y evasión fiscal, resuelve el TJUE.
Quienes consultan a un abogado pueden esperar razonablemente que sus comunicaciones permanezcan privadas y confidenciales.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió que los abogados no tienen la obligación de informar sobre planificaciones transfronterizas potencialmente agresivas de sus clientes, en razón del secreto profesional.
El caso tiene su origen luego que distintas asociaciones de abogados belgas interpusieran recursos ante el Tribunal Constitucional de Bélgica en contra de la validez de una normativa (Directiva) relativa a la cooperación administrativa en el ámbito fiscal, que establece que todos los intermediarios implicados en planificaciones fiscales transfronterizas potencialmente agresivas, como son los mecanismos que pueden llevar a la elusión y evasión fiscal, tenían que informar sobre éstos a las autoridades tributarias, cuya obligación también recaía en los abogados, quienes debían notificar sin demora sus obligaciones de informar frente a las autoridades competentes a cualquier otro intermediario o al contribuyente interesado.
En base a lo anterior, el Tribunal Constitucional a través de una petición prejudicial planteó al Tribunal Europeo si la Directiva del Derecho Belga en cuestión, vulnera el derecho a un proceso equitativo y el derecho al respeto de la vida privada, en cuanto a la obligación de informar que se impone a los abogados que actúan como intermediario y si la misma vulnera el secreto profesional.
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