Responsabilidad penal adolescente.
Adolescente es responsable por tocar las nalgas de dos mujeres mientras iba en bicicleta, pero el tribunal no le aplicó ninguna condena ni medida al adolescente.
Las consecuencias de una posible condena para el adolescente son de largo alcance, sin un propósito reeducativo, aceptándose los consejos de los servicios de reinserción social juvenil y de infancia.

El Tribunal de Distrito del Norte de Holanda (Países Bajos), declaró la responsabilidad penal en contra de un adolescente de 16 años por el delito de agresión al pudor real, sin embargo, no lo condenó.
El caso tiene su origen luego que el adolescente mientras conducía en su bicicleta por la noche le tocó las nalgas a dos mujeres que iban caminando, para posteriormente y de manera inmediata continuar avanzando en su bicicleta a su destino, lo que para el tribunal, y conforme a la declaración de las víctimas, fueron lo que se conoce como palmadas.
La defensa alegó que, sin perjuicio de que la conducta del acusado puede darse por probada, ya que lo confesó y le pidió las disculpas a través de una carta a las víctimas, no puede ser calificada como actos indecentes y catalogarlos como un delito de carácter sexual, ya que el adolescente no tenía un ánimo libidinoso en su actuar como así tampoco ninguna intención sexual al respecto, sino que más bien fue un acto de inmadurez, porque quiso hacerles una broma, por lo que solicita que sea absuelto.
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