Diario Constitucional

Detención psicológica.

Advertido por las autoridades al inicio de la declaración de que no está obligado a decir nada y que lo que diga puede usarse como evidencia, es la base necesaria para estimar su testimonio como voluntario, resuelve la Corte Suprema de Canadá.

El condenado hizo afirmaciones positivas de que no cooperaría, una indicación de que sabía que su cooperación era voluntaria y que cuando hablaba reflejaba una elección entre alternativas. Estaba lúcido y no fue engañado de otra manera en las circunstancias. El registro contiene solida evidencia respecto a que estaba muy consciente de las consecuencias de hablar”.

Por Redacción·24 de octubre de 2022·4 min de lectura
imagen: culturacientifica.com
Referencial

La Corte Suprema de Canadá acogió el recurso de apelación deducido por la Corona (el Estado), revocando así el fallo que absolvió a un hombre del crimen de homicidio, pues consideró que sus declaraciones incriminatorias se realizaron voluntariamente.

Tras el asesinato de un hombre en la vía pública, la policía citó a declarar al círculo cercano de la víctima. Durante el interrogatorio de uno de sus amigos, que no fue informado de su derecho a guardar silencio, dio una declaración contradictoria. En razón de ello se registró su hogar y se encontró el arma utilizada en el crimen. Fue arrestado y formalizado.

Se lo condenó en primera instancia por el delito de homicidio en primer grado. Los antecedentes recabados acreditaron, más allá de toda duda razonable, su autoría en el crimen. El tribunal desestimó las alegaciones de la defensa, que adujo “(…) que la declaración incriminatoria se hizo en forma involuntaria y bajo coacción pues no se informó al imputado de su derecho a guardar silencio y a un abogado”.

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