Corte Constitucional de Colombia.
Asociaciones de fútbol deben cautelar los derechos de los jugadores y abstenerse de ejercer presiones indebidas sobre ellos cuando accionan en sede judicial.
Se debe instar a la FCF y a la DIMAYOR, como una división de la federación, a que establezcan reglas para el funcionamiento del fútbol profesional y adopten decisiones que involucren a los jugadores, garantizando la eficacia de sus derechos fundamentales y avancen en la configuración de una estructura asociativa que dignifique el ejercicio de este deporte.

La Corte Constitucional de Colombia acogió las acciones de tutela deducidas por 5 jugadores del club Atlético Nacional (ATN) que fueron privados de la posibilidad de participar en unos torneos, debido a las disputas legales que su club mantiene con la Federación Colombiana de Futbol (FCF) y la División Mayor del Futbol Colombiano (DIMAYOR).
El ATN fue sancionado con la imposibilidad de inscribir a los recurrentes en los torneos a causa de una millonaria deuda que mantiene con otro club, pues no pagó a este el dinero que le correspondía por la transferencia de un jugador. Sintiéndose perjudicados por esta sanción, los 5 jugadores accionaron en sede judicial para “(…) obtener la protección de sus derechos fundamentales a la defensa y al debido proceso, a la dignidad humana, al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de elegir profesión u oficio, y al trabajo digno, en su condición de adultos jóvenes y jugadores profesionales de fútbol”. Además, solicitaron la suspensión provisional de la medida.
Por su parte, la AFC y la DIMAYOR alegaron la “(…) falta de legitimación activa de los accionantes con respecto de los trámites surtidos en los tribunales deportivos de la entidad y la FCF, dado que los actores no hicieron parte en la controversia entre los clubes ni tampoco son destinatarios de la sanción impuesta a ATN “.
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