Diario Constitucional

Por unanimidad.

CC de Colombia acoge tutela y reconoce pensión en favor de pareja del mismo sexo.

El fallo indica que la Secretaría de Educación y Cultura del municipio en cuestión debe aplicar la ley más favorable para los beneficiarios de la pensión de sobreviviente.

Por Redacción·24 de noviembre de 2014·3 min de lectura
CC de Colombia acoge tutela y reconoce pensión en favor de pareja del mismo sexo.
Referencial

La Corte Constitucional de Colombia acogió una acción de tutela deducida -por parte de dos particulares- ante la negativa de la Secretaría de Educación y Cultura de un municipio de aquel país, de reconocerles la pensión de sobrevivientes de un particular fallecido, en calidad de compañero permanente e hija menor de edad, de manera respectiva, por cuanto consideró que el docente fallecido no cumplía con los requisitos establecidos en la normatividad vigente para acceder al beneficio pensional.

En su libelo, los reclamantes estimaron que la negativa de la Secretaría mencionada, vulneró sus derechos a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad y a la seguridad social.

En su sentencia, la Magistratura Constitucional colombiana sostuvo, en primer lugar, que, si bien es cierto que existe una vía ordinaria para reclamar derechos pensionales, la acción de tutela resulta ser el mecanismo idóneo y expedito para la protección de derechos fundamentales, pues los accionantes son sujetos de especial protección por parte del Estado, debido al grave estado de salud de Rodolfo Ardila Suárez al ser portador de VIH-SIDA y la minoría de edad de Juliana Vallejo Portilla.

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