Diario Constitucional

Obligaciones de transporte señal televisiva.

CC de Colombia ordena regular inclusión de canales de televisión regionales en parrillas por suscripción garantizando pluralismo informativo.

El requirente estimó vulnerados sus derechos fundamentales a la libre expresión e información, y a participar en la vida cultural y a la identidad cultural.

Por Redacción·22 de diciembre de 2016·2 min de lectura
CC de Colombia ordena regular inclusión de canales de televisión regionales en parrillas por suscripción garantizando pluralismo informativo.
Referencial

Se presentó una acción de tutela contra la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV), Directv Colombia, Global Tv Telecomunicaciones, Telmex Colombia, Colombia Telecomunicaciones. E.S.P., UNE E.P.M. Telecomunicaciones y Tele 30, respecto de la sentencia emitida por el Consejo de Estado, que confirmó la decisión del 24 de septiembre de 2015 por el Tribunal Administrativo de Cundinarmaca, que, a su turno, denegó la tutela promovida.

El requirente estimó vulnerados sus derechos fundamentales a la libre expresión e información, y a participar en la vida cultural y a la identidad cultural.

En su sentencia, la Magistratura Constitucional colombiana acogió el arbitrio, ordenando a la ANTV en su condición de órgano regulador del servicio público de televisión, dentro de los seis meses siguientes a la notificación de esta sentencia, adoptar las medidas necesarias para adecuar al orden constitucional la regulación o reglamentación del artículo 11 de la Ley N° 680 de 2001, en lo relacionado con la obligación de transporte de la señal de los canales regionales de televisión abierta, impuesta a los operadores del servicio de televisión por suscripción.

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