Discriminación a la maternidad.
CC de Italia establece que requisitos sobre acceso a la función pública sólo pueden determinarse por ley.
En específico, determina inconstitucional prohibir a embarazadas o personas con licencia médica postular a concursos para proveer cargos públicos; o siquiera diferir la contratación del postulante electo al término del post natal.

La Corte Constitucional de Italia ha señalado, en su más reciente fallo, que sólo a través de una ley, y no por un decreto emanado de una autoridad administrativa, pueden establecerse los requisitos sobre acceso a la función pública.
El recurrente en este caso alegó que se han infringido las normas que regulan el acceso al empleo en las administraciones públicas, los métodos de realización de concursos y otras formas de contratación en el empleo público. En específico, señala que el órgano que llevó a cabo el proceso de selección ha vulnerado el principio de separación de poderes y el principio de competencia del Estado en materia de Derecho Civil, por cuanto ha establecido requisitos de un concurso público para un cargo en la Región de Liguria, a través de una instrucción del mismo organismo; prohibiendo la postulación a las mujeres embarazadas.
La Magistratura Constitucional señaló que, se el órgano denunciado habría incurrido en un acto que es de competencia exclusiva del legislativo, por tratarse de asunto de derecho común (laboral) en los que la Administración del Estado no puede intervenir.
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