Derechos Humanos.
CIDH expresa alarma y preocupación por muerte del Capitán Rafael Acosta Arévalo bajo custodia en Venezuela.
La Comisión indica que en su aparición ante al tribunal eran evidentes los signos de tortura por los cuales hubiera pasado. Estaba en silla de ruedas, tenía las uñas ensangrentadas, no podía hablar y solo asentía cuando le preguntaban si había sido torturado en la Dirección General de Contrainteligencia Militar.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa alarma y preocupación por la muerte del Capitán Rafael Acosta Arévalo bajo la custodia de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCM) en Venezuela, por probables actos de tortura, y urge a las autoridades a investigar los hechos, juzgar y sancionar los responsables.
De acuerdo a la Comisión, según la información pública, el 21 de junio de 2019, el militar fue detenido por personas armadas y no identificadas, después de haber asistido a una reunión personal en un centro comercial de la ciudad de Guatire en el estado de Miranda, cercana a Caracas. Al no contar con información sobre su paradero, la familia y los abogados reportaron su desaparición. Pasada casi una semana, el jueves 27, el Capitán y otros tres militares fueron presentados por el fiscal ante los tribunales militares, acusados de estar involucrados en un plan de asesinato en contra el Presidente Nicolás Maduro.
Asimismo, se indica que en su aparición ante al tribunal eran evidentes los signos de tortura por los cuales hubiera pasado. Estaba en silla de ruedas, tenía las uñas ensangrentadas, no podía hablar y solo asentía cuando le preguntaban si había sido torturado en la DGCM. Fue trasladado al hospital, donde falleció debido su estado ya crítico. En nota, el Ministro de Comunicación dijo que el gobierno ha solicitado una investigación al respecto de la muerte del Capitán Acosta. Sus familiares y abogados no tuvieron acceso a su cuerpo.
Te puede interesar

Opinión.
¿Cuál es el origen de las vacaciones de verano pagadas a los trabajadores?

Defensor del Pueblo no se encuentra legitimado.
CS de Argentina acogió recurso extraordinario y rechazó demanda del Defensor del Pueblo del Chaco contra resolución adoptada en materia tarifada por el Ministerio de Energía y Minería.

Opinión.
¿Debe primarse el derecho de una madre biológica a mantener secreta su identidad o el derecho de la hija a conocer su origen?

