Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Condena de ciudadano turco juzgado por su pertenencia a una organización extremista se ajusta a derecho, resuelve el TEDH.
El delito por el cual el solicitante fue condenado tenía una base en la “ley nacional en el momento en que se cometió”, y también la ley lo había definido con suficiente claridad para cumplir con el requisito de previsibilidad. Además, la interpretación de los tribunales nacionales de las disposiciones del Artículo 314 § 2 del Código Penal no fue expansiva y la solución en el presente caso fue coherente con la esencia del delito.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) desestimó la demanda interpuesta contra Turquía por el presunto maltrato infligido a un recluso condenado por su pertenencia a una organización extremista, y su alegada participación en actos de sedición. No constató ninguna violación a los artículos 3 (prohibición de tratos inhumanos o degradantes) y 7 (no hay pena sin ley) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El ciudadano turco fue detenido en 2017 bajo la sospecha de pertenecer a la organización FETÖ/PDY, considerada responsable del intento de golpe de Estado de julio de 2016 en Turquía. Tras su arresto, fue condenado a siete años y seis meses de prisión conforme al Artículo 314 § 2 del Código Penal turco. Su condena fue confirmada en todas las instancias, incluyendo la Corte de Casación en 2019. En este contexto, el hombre presentó múltiples quejas relacionadas con sus condiciones de detención, incluyendo denuncias de hacinamiento, las cuales fueron desestimadas por las autoridades competentes y el Tribunal Constitucional.
Cuando se le ofreció un traslado a otra prisión, el condenado optó por permanecer en la prisión de Çorum, indicando que estaba “satisfecho con las condiciones materiales de su detención”. Todas sus demandas ante el Tribunal Constitucional fueron rechazadas por considerarse infundadas o por falta de agotamiento de los recursos ordinarios. Posteriormente, demandó al Estado en estrados del TEDH alegando diversas violaciones al debido proceso.
Temas
Te puede interesar

Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Republica Checa debe indemnizar a mujer que habría sido abusada sexualmente por un sacerdote debido a la deficiente investigación llevada a cabo por la fiscalía.

No se violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos,.
Proceso de extradición a Estados Unidos ordenado por las autoridades rumanas se ajusta a derecho, dictamina el TEDH.

Hecho no fue debidamente investigado.
Lituania debe indemnizar a menor de edad que habría sufrido abuso sexual al interior de un hogar de niños, resuelve el TEDH.

