Presunción de inocencia vulnerada
Condena por abuso sexual dictada contra hombre, fundada en un fallo dictado hace veinte años, es revocada por el Tribunal Supremo de España.
El principio de responsabilidad por el hecho exige que el derecho penal, la actuación del ius puniendi del Estado, se fundamente en el hecho realizado por el autor y nunca en la determinación de la responsabilidad penal por la forma o por la conducción en la vida de la persona a la que se imputa un hecho delictivo.

El Tribunal Supremo de España acogió el recurso de casación deducido por un hombre condenado a más de cinco años de prisión por la presunta comisión de un delito de abuso sexual contra una menor de edad. Dictaminó que el criterio utilizado por el tribunal de instancia para fundar la condena es inadmisible, pues la existencia de una sentencia anterior contra el acusado dictada por el mismo delito hace 20 años, que revelaría sus inclinaciones sexuales, vulnera la presunción de inocencia.
Según la acusación, el hombre, cónyuge de la abuela paterna de la menor, realizó tocaciones a la víctima para satisfacer sus deseos sexuales, entre los años 2016 y 2018, aprovechándose de la cercanía familiar que mantenía con la joven de 16 años. Por este motivo fue condenado en primera instancia por el delito de abuso sexual, decisión que fue confirmada por el tribunalad quem. Si bien se rechazó el testimonio de la víctima por ser insuficiente, el tribunal decidió condenar al hombre por la conducta lasciva que habría mantenido en el pasado, por la cual había sido condenado por el mismo delito.
El hombre recurrió su condena ante el Tribunal Supremo, denunciando una vulneración de su derecho a la presunción de inocencia. Adujo que el tribunal de instancia realizó una revaloración de la prueba rendida que cuestionaba elementos de racionalidad de la convicción, tales como la persistencia en la declaración, la credibilidad subjetiva del testimonio de la víctima y la existencia de elementos de corroboración externos a esa declaración, criterios que a su juicio no eran legales.
Temas
Te puede interesar

Violación sin consentimiento
Consentimiento de mujer para mantener relaciones sexuales por la vía vaginal no faculta al hombre para acceder a ella por la vía anal si la mujer no ha consentido este acto, resuelve la Corte Suprema de Perú.

En caso contrario incurren en
Policías no están obligados a acatar órdenes ilegales que atentan contra la dignidad humana sin manifestar dudas, resuelve la Corte Suprema de Perú.

Simulación de delito.
Hombre que fingió robo de teléfono celular para cobrar el seguro se absuelve por el Tribunal Supremo de España al no cumplirse los presupuestos del tipo penal de simulación delictiva.

