Diario Constitucional

Interés Superior del niño.

Corte Constitucional de Colombia negó al padre presunto violador de sus hijos menores de edad visitas.

El derecho a la presunción de inocencia no es garantía absoluta cuando está de por medio la protección de un niño que ha sido víctima de un presunto abuso sexual.

Por Redacción·04 de enero de 2022·4 min de lectura
Fuente: Semana.com
Referencial

La Corte Constitucional de Colombia rechazó la acción de tutela deducida por un padre en contra del Director de la Oficina de Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Fiscalía colombiana que no permite que el padre visite regularmente a sus hijos menores de edad presuntamente abusados por este.

El padre alegó en su libelo que el recurrido vulnera la presunción de inocencia y el debido proceso ya que aún no existe sentencia condenatoria en su contra pues el proceso penal aún está en etapa de investigación, en ese sentido, señala que es improcedente que se otorgue una medida de protección en favor de sus hijos sin haber demostrado que él representa un peligro para ellos. Asimismo, denuncia la violación del derecho de sus hijos a tener una familia y no ser separados de ella.

La Corte Constitucional revisó las pruebas relacionadas con el presunto abuso sexual que sufrieron los dos menores. Como resultado de este análisis, concluyó que se habían presentado hechos que habían afectado notoriamente su integridad y salud mental. Sin embargo, actualmente, bajo la protección cautelar entregada por el programa de protección al que fueron integrados junto a su madre estaban estables y felices.

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