Seguridad jurídica.
Corte Constitucional de Luxemburgo declaró inconstitucional artículo del Código Civil que establecía topes a la renta del contrato de subarriendo.
Las restricciones a la libertad de comercio e industria deben estar ser racionalmente justificados, adecuados y proporcionados a su objeto dice el máximo tribunal luxemburgués.

La Corte Constitucional del Ducado de Luxemburgo declaró inconstitucional un artículo del Código Civil que había sido modificado por una ley en el año 2018 que establecía topes en el precio de los contratos de subarriendo.
El asunto tiene su origen en una consulta que el juez de paz de Esch-sur-Alzette remitió a la Corte respecto de la aplicación en un juicio de un artículo del Código Civil. Una empresa (subarrendador) que tiene en arriendo un local comercial desde el año 2002 -modificado en abril de 2018-, por una renta mensual de 5000 €, decide darlo en subarriendo a otra empresa (subarrendatario), el año 2016 -modificado en 2017- a un precio de 14.500€ sin IVA. En 2018, el Código Civil luxemburgués fue modificado por una ley que incluyó en el apartado 4 al artículo 1762-6 el siguiente texto: «Excepto en caso de subarrendamiento en que el arrendatario haya realizado inversiones propias de la actividad del subarrendatario, las rentas pagadas al arrendatario por el subarrendatario no podrán ser superiores a la renta pagada por el arrendatario al arrendador”. Ante las diferencias de rentas, el subarrendatario inició acciones legales en contra del subarrendador a fin de que devolviera las sumas que a su entender había pagado demás. El subarrendador, en sus alegaciones, hizo ver que la norma no le era aplicable toda vez que, para que el subarrendatario pudiese ejercer su actividad, había hecho inversiones en el local comercial.
Frente a estas circunstancias, el Juez de Paz, hizo dos preguntas a la Corte Constitucional en relación al apartado 4 del artículo 1762-6. Primero, “¿Está de acuerdo [este artículo del Código Civil] con el artículo 11 (6) de la Constitución que garantiza la libertad de comercio e industria?”. Y, segundo, la norma del Código Civil “¿cumple con el principio general del derecho relativo a la seguridad jurídica?”.
Te puede interesar

Derecho postnatal.
Mujer que constituye familia monoparental no tiene derecho a acumular los permisos de maternidad y paternidad, resuelve el Tribunal de Justicia de Canarias.

Tecnología de cara al futuro.
Unión Europea aprueba propuesta de ley para afrontar la escasez de semiconductores.

Argentina.
Congreso argentino aprobó una ley de respuesta al VIH y otras enfermedades de transmisión sexual.

