Deuda histórica.
Corte Interamericana de Derechos Humanos declara a Chile responsable por no cumplir de forma diligente sentencias que reconocían el pago de asignación especial a 846 docentes.
La dilación injustificada en el cumplimiento de una sentencia constituye en sí misma una violación a las garantías judiciales. El Estado deberá pagar directamente a las víctimas del caso o a sus descendientes, las sumas adeudadas en tres cuotas anuales.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable internacionalmente al Estado de Chile por las violaciones a diversos derechos en perjuicio de 846 profesores y profesoras de las Municipalidades de Chañaral, Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes.
El conflicto se originó durante el gobierno militar, cuando la administración de la educación pública fue traspasada desde el nivel central a las Municipalidades del país. Esta municipalización implicó que el personal docente quedara sometido al Código del Trabajo y regido por las normas aplicables al sector privado. En 1981, mediante el Decreto Ley 3.551, se creó una asignación especial no imponible para el personal docente dependiente del Ministerio de Educación Pública. No obstante, los profesores que fueron transferidos del Estado central a las Municipalidades no recibieron dicha asignación, dando así origen a la denominada “deuda histórica del Magisterio”.
Explican los recurrentes que, la situación fue desigual, ya que algunos docentes continuaron recibiendo esta asignación luego de su traspaso a las Municipalidades, gracias a convenios internos municipales o al reconocimiento de que estas sumas formaban parte de su remuneración. Fue a partir de 1990, que los profesores pudieron iniciar acciones judiciales para el pago de esta asignación, logrando sentencias favorables que reconocían el pago en trece procesos presentados en contra de las Municipalidades de Chañaral, Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes.
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