Violencia de género.
Corte Suprema de Perú desestima recurso de nulidad deducido por condenado a 18 años de prisión por femicidio.
La acción fue desplegada sin contemplación alguna y puso de relieve un gravísimo desprecio por la vida y la condición de mujer de la víctima.

La Corte Suprema de Perú rechazó un recurso de nulidad deducido por un condenado a la pena privativa de libertad por el periodo de dieciocho años tras el femicidio de su ex pareja.
El recurrente fundó su recurso en un supuesto accidente que provocó la muerte de la víctima. Sin embargo, el informe médico legal estableció que la causa de muerte de la víctima se produjo por asfixia mecánica, es decir, por haber impedido el flujo de oxígeno mediante fuerza externa, compresión, sofocación y obstrucción de fosas nasales.
El fallo de la Corte razona, en primer lugar, que la sentencia impugnada abordó y motivó de manera adecuada lo relativo al escenario previo en que el recurrente ejerció violencia física y psicológica contra la víctima. Luego, que la denuncia policial acreditó que el imputado sustrajo dinero de la víctima y ocasionó daños a los inmuebles de su vivienda, la amenazó de muerte por haber terminado la relación sentimental y le dejó un mensaje. También que las pericias y documentos demostraron que la víctima sufrió graves lesiones en las regiones cervical, vaginal y anal, ocasionadas por objeto punzocortante, y su muerte se produjo por asfixia mecánica, causada por fuerza externa, compresión, sofocación y obstrucción de fosas nasales. Además, los testigos acreditaron la presencia del imputado en el lugar de los hechos, toda vez que ambos pasaron la noche juntos en la habitación del recurrente, lugar en donde se descubrió el cadáver. Mientras que los exámenes psiquiátricos y psicológicos evidenciaron su comportamiento disocial, narcisista, inestable, inmaduro y violento; su propensión a vulnerar normas de convivencia, eludir y manipular; así como su dificultad para admitir el rechazo.
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