Diario Constitucional

Violan el artículo 11 del CEDH.

Corte Suprema del Reino Unido dictamina que legislación sindical es contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La legislación no logró un equilibrio justo entre los intereses contrapuestos de los trabajadores, que buscan ejercer sus derechos sindicales, y los del empleador y la comunidad en general.

Por Redacción·21 de abril de 2024·2 min de lectura
imagen: laizquierdadiario.cl
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La Corte Suprema del Reino Unido dictaminó que algunas disposiciones de la normativa sindical del país son contrarias al Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), estableciendo un precedente en el ámbito de los derechos laborales. De esta forma acogió el recurso de una trabajadora, auspiciado por el sindicato UNISON, que estimó amenazado el derecho de los trabajadores a la libertad de asociación y reunión, especialmente en el contexto de la actividad sindical.

La mujer, representante laboral del sindicato UNISON, fue suspendida luego de planear y participar en una huelga en 2019. Durante la vigencia de la sanción recibió el salario normal, pero no pudo recibir el pago de horas extras que normalmente habría percibido. En relación a esta cuestión, la Corte consideró que el artículo 146 de la Ley de Relaciones Laborales y Sindicales de 1992 (TULRCA) era incompatible con el artículo 11 del CEDH, que consagra la libertad de reunión y de asociación.

Así, sostuvo que el artículo 146 no protegía a los trabajadores de un perjuicio distinto al despido. Por este motivo, la Corte estimó que esta legislación no logró “un equilibrio justo entre los intereses contrapuestos de los trabajadores que buscan ejercer sus derechos sindicales y los del empleador y la comunidad en general”.

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