España.
Cultivo de 100 plantas de marihuana es un “poderoso indicio” de tráfico de drogas, resuelve un tribunal español.
El cultivo de más de 100 plantas de marihuana, con un peso muy superior al que como criterio general se asigna la presunción de autoconsumo, y en un número de plantas mucho mayor que el permitido en las legislaciones en que expresamente se autoriza el cultivo para consumo propio, implica un poderoso indicio en favor del destino al tráfico.

La Audiencia de Murcia (España) acogió parcialmente el recurso de apelación deducido por dos hombres que fueron condenados por mantener una gran cantidad de marihuana en su poder, muy superior al permitido para consumo personal, lo cual fue considerado un “poderoso indicio” para presumir su utilización en actividades ilícitas.
Los hombres fueron condenados a 1 y 2 años de cárcel, respectivamente, por la comisión de un delito contra la salud pública. La policía encontró 100 plantas de marihuana en un inmueble que los acusados arrendaron para almacenar la droga. También se les impuso una multa de 7.000 euros a cada uno. Ambos condenados apelaron el fallo en segunda instancia.
Alegaron que se vulneró su presunción de inocencia y que el juez a quo realizó una errónea valoración de las pruebas. Agregaron que el destino de la droga era el autoconsumo. En forma subsidiaria invocaron falta de motivación y proporcionalidad de la pena de multa impuesta en su contra.
Temas
Te puede interesar

Tribunal Supremo de España.
Policía que entregó información de seguridad aduanera para ingresar cocaína a España se condena a 14 años de prisión.

Código Penal.
Norma que tipifica el delito de atentado contra la salud pública, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

Condiciones laborales.
Modificar en media hora la jornada laboral no es un cambio sustancial que perjudique a los trabajadores, resuelve Tribunal español.

