Diario Constitucional

Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Declaraciones contra la biblia realizadas por famosa cantante polaca están amparadas por la libertad de expresión.

Del análisis de los dichos queda claro que no pretendían contribuir a ningún debate serio sobre asuntos religiosos, sino que se realizaron en respuesta a preguntas sobre su vida privada, en un lenguaje frívolo y colorido que pretendía despertar el interés del público joven.

Por Redacción·20 de septiembre de 2022·2 min de lectura
imagen: popnable.com
Referencial

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda deducida por la cantante pop “Doda”, por estimar que el Estado polaco vulneró su derecho a la libertad de expresión.

En 2009, la demandante dio una entrevista a un sitio web titulada “Doda: No creo en la biblia”. En ella declaró “(…) que creía en un poder superior, pero que estaba más convencida de los descubrimientos científicos y no de las increíbles historias bíblicas escritas por alguien borracho por beber vino y fumar marihuana».

Tras sus dichos fue imputada por el delito de ofensa a los sentimientos religiosos, tipificado en el articulo 196 del Código Penal. Por ello fue condenada a pagar 1160 euros. El tribunal fundó su decisión en que “(…) las declaraciones de la cantante eran deliberadamente insultantes y mostraban desprecio por los creyentes”.

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