Diario Constitucional

Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Demanda interpuesta por militante ultraderechista alemán que relativizó el Holocausto es desestimada.

El comportamiento del demandante tuvo la fuerza suficiente para perturbar la paz pública y provocar un impacto generalizado con su declaración: sostuvo su cartel en una conferencia que había atraído gran atención de los medios y era claramente visible para todos los presentes.

Por Redacción·12 de septiembre de 2022·3 min de lectura
imagen: deutschlandfunkkultur.de
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) desestimó la demanda que una ultraderechista dedujo contra Alemania por estimar que no se vulneró su derecho a la libertad de expresión, consagrado en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH).

La recurrente es miembro de “Alternative Für Deutschland” (AFD), partido político que ha sido calificado de extrema derecha. Durante un mitin alzó una pancarta en la que, a través de textos y dibujos, equiparaba la supuesta censura contra su partido con la persecución judía durante la Alemania nazi.

Por esta acción fue condenada a pagar 4.500 euros por incitación al odio en virtud del artículo 130 del Código Penal, que dispone “(…) que quienquiera que públicamente o en una reunión apruebe, niegue o minimice los actos genocidas cometidos bajo el gobierno del nacionalsocialismo de una manera capaz de perturbar la paz pública, será condenado a pena privativa de libertad no superior a cinco años o a multa”.

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