Diario Constitucional

Violencia de género.

Denuncia de mujer musulmana que fue obligada a no relacionarse con hombres en una mezquita, se acoge por Tribunal argentino.

Tolerar y respetar a un grupo no implica reconocer o legitimar que dentro de este pueda oprimirse a sus propios miembros, incluso si otras mujeres de la comunidad no ejercen el derecho a rezar los viernes o no reclaman por ser obligadas a hacerlo detrás de una biblioteca. El propio denunciado se identifica víctima de la intolerancia, sin advertir las repercusiones de sus decisiones, regresivas de derechos adquiridos, sobre la vida de otras personas.

Por Redacción·22 de octubre de 2023·2 min de lectura
imagen: pngtree.com
Referencial

El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de Córdoba (Argentina), acogió la denuncia por violencia de género interpuesta por una mujer musulmana que denunció a la autoridad religiosa de la mezquita donde concurre a rezar. Dictaminó que el respeto estatal a una religión o grupo no implica tolerar actos de intolerancia dirigidos contra sus miembros.

Según los hechos narrados en la sentencia, el nuevo imán de la mezquita le prohibió llevar a cabo actividades religiosas y/o culturales con los hombres que acudían al lugar e incluso utilizó barreras físicas para lograr este objetivo, marcando así distancia con su predecesor que sí permitía a la mujer interactuar con varones. Según la afectada, la autoridad le impuso nuevamente “las viejas prácticas ya superadas” y la discriminaba como mujer.

En su contestación, el imán citó una serie de normas nacionales e internacionales que cautelan los derechos de las minorías religiosas frente a la “cultura hegemónica”, para propender al multiculturalismo que debe regir en la sociedad, en virtud del cual debe primar el respeto por las diversas costumbres. En el caso concreto, indicó que las medidas adoptadas eran necesarias para evitar toda distracción durante los rezos.

Comentarios (2)

  1. Boyana Skrbic Klobucaric

    En los países donde se practica el islam, dentro del templo las mujeres deben ir al fondo y los hombres adelante, porque «se distraen». Entonces no es tan profunda su creencia si estando en oración fácilmente se distraen. En comunidades más primitivas a esta mujer ni se le ocurriría pensar reclamar, la castigarían «ejemplarmente». Seamos agradecidos de Dios, de estar en una cultura cristiana, moderna, donde se valora a los seres humanos, hombre y mujer, por igual.

    1. Carmen Amalia

      Me parece excelente ma reflexión jurídica del Tribunal. Efectivamente, no se pueden tolerar abusos y discriminación en nombre. de culturas religiosas o «la tradición», el limit es el orden público y el respeto de los DDHH en toda circunstancia.

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