Derecho a no autocriminarse.
«Derecho a guardar silencio: 7 sentencias claves del TC», publicado por La Ley de Perú.
El derecho a guardar silencio forma parte del derecho a no autoincriminarse y constituye elemento esencial del derecho procesal constitucional a la defensa.

En una reciente publicación de la Ley de Perú se da a conocer el artículo «Derecho a guardar silencio: 7 sentencias claves del TC».
El artículo 139 inciso 14 reconoce el derecho procesal constitucional de defensa, el cual está conformado por diversas facultades, entre ellas el derecho al silencio y la no autoincriminación. El artículo 2 inciso 24 literal “h” de la Constitución establece que “carecen de valor las declaraciones obtenidas por la violencia”, lo cual hace una referencia a que nadie puede obligar a otra persona a declarar, ya que en ese caso dichas declaraciones carecerán de valor. Entonces, las declaraciones deben ser libres.
Sobre el derecho a guardar silencio, el Tribunal Constitucional (TC) se ha pronunciado en diversas ocasiones. Las sentencias presentadas a continuación dan luces acerca de su conceptualización, su existencia como parte del derecho a no autoincriminarse, su contenido constitucionalmente protegido y su fundamento constitucional.
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