Diario Constitucional

Perú reconoce derecho a sepultura

Derecho a la sepultura digna es un derecho constitucional no enumerado.

En atención a su manifiesta relación con diversos derechos fundamentales, a su compatibilidad con el conjunto de bienes y valores constitucionalmente garantizados, así como a los contenidos protegidos específicos de las garantías aseguradas, se debe reconocer que existe un derecho constitucional implícito a la sepultura digna.

Por Redacción·17 de marzo de 2025·2 min de lectura
Imagen: anp.pe
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El Tribunal Constitucional de Perú, en sentencia de 9 de julio de 2020, reconoció que el derecho a la sepultura digna es un derecho constitucional implícito, no enumerado.

El fallo razona que, en atención a su manifiesta relación con diversos derechos fundamentales, a su compatibilidad con el conjunto de bienes y valores constitucionalmente garantizados, así como a los contenidos protegidos específicos de las garantías aseguradas, se debe reconocer que existe un derecho constitucional implícito a la sepultura digna.

Se trata de un derecho no enumerado que tiene una vinculación directa con diversos principios reconocidos por la Constitución, entre otros, la dignidad humana.

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