Opinión.
«El TSJM valida la instalación de cámaras ocultas en la empresa para identificar al trabajador que estaba robando», por Carlos Berbell.
La medida adoptada, según el juez de primera instancia, de instalar la cámara de vídeo «fue idónea y necesaria. Fue adecuada a la finalidad pretendida. La cámara se instalo días previos al despido, 4 o 5 días antes de que se grabasen los hechos, por lo que no estuvo instalada por un largo periodo de tiempo. Y se colocó en una estancia en la que habitualmente no hay nadie o no permanece nadie, nada más que para depositar o retirar material».

En una reciente publicación del medio español Confilegal se dio a conocer el artículo «El TSJM valida la instalación de cámaras ocultas en la empresa para identificar al trabajador que estaba robando», por Carlos Berbell.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha validado la instalación de cámaras ocultas en la mercantil Sucesores de Rivadeneyra, S.A., empresa de impresión y artes gráficas, con 141 empleados y 104 años de antigüedad en el sector, que despidió a uno de sus empleados tras descubrir que estaba robando cartuchos de toner.
El empleado era un oficial de máquinas con contrato indefinido, una antigüedad de 18 años y un salario bruto mensual de 2.518,34 euros, incluyendo pagas extraordinarias. Se le aplicó un despido disciplinario con efectos de 15 de septiembre de 2022.
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