Diario Constitucional

Argentina.

Es nulo el sumario administrativo decretado contra funcionario que no fue debidamente notificado: el amparo es la vía adecuada para resolver las afectaciones al derecho a defensa.

El amparo procede siempre que aparezca de modo claro y manifiesto la ilegitimidad de una restricción cualquiera a alguno de los derechos esenciales de las personas, así como el daño grave e irreparable que se causaría remitiendo el examen de la cuestión a los procedimientos ordinarios, administrativos o judiciales.

Por Redacción·10 de mayo de 2023·2 min de lectura
imagen: e-consulta.com
Referencial

El Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Jujuy (Argentina) acogió la demanda de amparo deducida por un trabajador que fue desvinculado de su empleo y que no pudo realizar sus descargos por no estar debidamente notificado.

Según los hechos del caso, el demandante es un funcionario municipal que fue despedido tras publicar comentarios ofensivos en una red social. No obstante, no fue notificado de este proceso hasta el día mismo en que debía presentar sus descargos, por lo cual, según señaló, no pudo defenderse adecuadamente de las acusaciones realizadas en su contra al verse imposibilitado de adjuntar medios probatorios.

Solicitó la nulidad del sumario por haberse vulnerado su derecho a defensa. La municipalidad contestó que la demandante no logró acreditar la existencia de una amenaza actual e inminente a sus derechos, por lo que la vía del amparo es improcedente, ya que en el presente asunto la vía administrativa elegida es la más idónea. Así mismo, esgrimió la legitimidad del proceso sumarial al considerar que el actor tuvo oportunidad para realizar sus descargos.

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