España.
Hombre es condenado por azotar contra la pared a su cónyuge e hijo durante una discusión.
Los hechos probados son legalmente constitutivos de un delito de violencia contra la mujer en su modalidad de lesiones de menor gravedad, y otro delito de violencia doméstica en su modalidad de lesiones de menor gravedad del que resulta responsable a título de autor el denunciado.

Un Juzgado de Teruel (España) condenó a un hombre por agredir a su cónyuge e hijo golpeándolos contra una pared. Fue condenado por el delito de violencia doméstica contra la mujer en su modalidad de lesión de menor gravedad.
Tras una discusión familiar motivada por su adicción al tabaco, el hombre golpeó a su mujer y a su hijo agarrándolos del cuello. Acto seguido, los lanzó contra la pared con suficiente fuerza como para causarles lesiones. Por este motivo fue detenido y formalizado.
En su análisis de fondo, el Juzgado comprueba que las víctimas han “(…) renunciado expresamente a toda forma de indemnización que por tales hechos pudiera corresponderles”.
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