España.
Juez debe ser indemnizado por su ex cónyuge, el periodista y el propietario del programa, por declaraciones injuriosas vertidas durante una entrevista radial en la que se expuso su vida privada.
Si bien al desarrollar sus funciones públicas los jueces pueden ser objeto de críticas más severas que las soportadas por ciudadanos que no desempeñan estas funciones, la jurisprudencia ha establecido que es necesario proteger a los integrantes del poder judicial frente a ataques destructivos y desprovistos de fundamentos serios.

La Audiencia Provincial de Las Palmas (España), acogió parcialmente el recurso de apelación deducido contra el fallo de instancia que decretó el pago de una indemnización de perjuicios en favor de un juez. Si bien rebajó el monto, por considerarlo excesivo, mantuvo la culpabilidad de los condenados.
Durante un podcast radial, un periodista entrevistó a la ex cónyuge de un juez. Esta declaró que su ex marido obtuvo la ayuda de otros jueces para eludir su responsabilidad de pagar pensión de alimentos. Además, señaló que ella y su hija fueron agredidas física y psicológicamente por el magistrado.
A raíz de estos dichos la autoridad judicial demandó a la mujer, al periodista y al propietario del programa, por considerar que los dichos vertidos en la entrevista son calumniosos y por ello vulneran su derecho al honor y a la intimidad personal y familiar.
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