Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
La asistencia legal gratuita y el derecho a la información en sede penal son garantías del debido proceso que deben ser observadas por los tribunales nacionales
A pesar de no estar explícitamente reconocido en los instrumentos internacionales de derechos humanos, el derecho a la libertad bajo fianza debe interpretarse de manera amplia para incluir el derecho a ser informado de ella y el derecho a la asistencia letrada.

La Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos acogió la demanda que un condenado dedujo contra el Estado Tanzano, por estimar que durante su juzgamiento se afectó el debido proceso.
El demandante fue condenado a 30 de cárcel por violar a una menor de 17 años. Apeló sin éxito en todas las instancias nacionales, por lo que decidió demandar a Tanzania en estrados de la Corte Africana.
Alegó que las autoridades lo juzgaron en calidad de adulto, a pesar de que cuando cometió el delito era un menor de edad. Además, en su presentación sostuvo que durante el proceso no tuvo el patrocinio de un abogado y que no fue informado de su derecho a la libertad bajo fianza, a pesar de que podía optar a este beneficio. Por estos motivos adujo que el Estado contravino el artículo 7.1 de la Carta Africana.
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