España.
La calidad de poseedor de hecho de un perro no habilita para exigir indemnización por responsabilidad extracontractual al propietario, cuando el daño que le provocó era previsible y esperable.
El actor conocía al perro con anterioridad a los hechos, en razón de su amistad con el dueño, y lo paseó en forma voluntaria y gratuita.

La Audiencia Provincial de Lleida (España), desestimó un recurso de apelación que buscaba atribuir la responsabilidad extracontractual a la aseguradora y al dueño de un perro pastor alemán que causó lesiones a su cuidador.
El actor sufrió lesiones cuando paseaba al perro de su amigo, cuando este tiró la correa con fuerza provocando su caída. Por este motivo, demandó al propietario del perro y a su aseguradora alegando que, en su calidad de poseedor responsable civil, debían indemnizarlo por los daños causados a su persona.
La demanda fue desestimada en primera instancia, por lo que el actor interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
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