A 12 días del plebiscito constitucional.
Ley 21.481, que rebaja a cuatro séptimos los quórums de reformas a la Constitución vigente, se publicó en el Diario Oficial.
La reforma habilita un Plan B en caso de que se rechace la propuesta de nueva Constitución.

Fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.481, modifica quórums de reforma de la Constitución Política de la República. La enmienda introduce modificaciones a los artículos 66 inciso primero, 127 inciso segundo, 128 inciso tercero y a la disposición decimotercera transitoria, inciso segundo, de la Constitución vigente, unificando el quorum contemplado en dichas normas a cuatro séptimos.
En el inciso primero del artículo 66, referido a las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, se sustituye la expresión “de las tres quintas partes” por “de las cuatro séptimas partes”.
El artículo 66 queda con el siguiente texto: “Artículo 66.- Las normas legales que interpreten preceptos constitucionales necesitarán, para su aprobación, modificación o derogación, de las cuatro séptimas partes de los diputados y senadores en ejercicio.
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